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La Seguridad Social, es un sistema público que tiene como finalidad ocuparse en situaciones de desempleo, enfermedad o vejez.
Es decir, es un sistema que garantiza el bienestar social del trabajador o trabajadora.
Asimismo, tanto las empresas como los trabajadores se encargan de hacer frente al pago de cotización en la Seguridad Social.
En esa misma línea, la empresa es la encargada de hacer dicho pago. Que es previamente retenida de la nómina del trabajador y la parte de la empresa.
Por otro lado, el trabajador autónomo, pagará sus cotizaciones directamente a la seguridad social.
En la estructura de la seguridad social, está constituida por dos regímenes diferentes de cotización.
Esto es, el régimen general y el otro régimen especial. Su función es regular la forma en que los trabajadores contribuyen de acuerdo a su actividad.
En este se encuentra la mayoría de los trabajadores. Así como regímenes especiales tales como: Sistema Agrario, Sistema Especial de Empleado del Hogar, Régimen de Artistas y Profesionales Taurinos.
En esta categoría, se encuentran los Trabajadores Autónomos, Trabajadores del Mar, Minería del Carbón. Así mismo, funcionarios públicos tanto civiles como militares.
Por otra parte, en los trabajadores de cuenta ajena, la empresa es la encargada de retener la nómina de empleados.
Y, de manera mensual paga dichas cotizaciones en forma de cuotas. Igualmente, la cuota empresarial que paga por cada uno de ellos.
Las prestaciones son el mecanismo con el que cuenta la Seguridad Social, para resolver situaciones de necesidad o de infortunio. Por ejemplo, incapacidad temporal o permanente, situaciones de empleo, jubilación, maternidad entre otros.
Existen dos tipos de prestaciones, la modalidad contributiva y la no contributiva:
Es la que está dedicada a proteger a los trabajadores y a sus familias.
Adscrito a las personas que no han cumplido con los requisitos de cotización mínima. O que nunca han cotizado.
Es el sistema de seguridad y bienestar social, que se garantiza a los trabajadores. Después de haber cumplido sus años de trabajo y cumplido con lo establecido en la ley.
En este sentido, las personas que hayan alcanzado la edad legal de jubilación. De igual manera, que hayan pagado en número de años de cotización a la seguridad social.
Por lo tanto, tienen derecho a recibir la pensión de jubilación. Actualmente, el límite de edad de jubilación es de 65 años y para el 2027 será de 67 años.
Los trabajadores que tengan profesiones peligrosas se pueden beneficiar con un beneficio de edad de jubilación ligeramente más favorable. Igualmente, con las personas de al menos un 65% de discapacidad.
Por el contrario, las personas de bajos recursos económicos y que nunca han cotizado a la seguridad social. Tienen derecho a una jubilación no contributiva.
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