loader image
Cerrar
  • Inicio
  • Nosotros
  • Servicios
    • Gestoría Pymes
    • Abogados
    • Subvenciones
    • Notaria
    • Financiación
    • Inversión Inmobiliaria
    • Seguros
  • Novedades
  • Contacto
  • es_ESEspañol
    • caCatalà
    • en_GBEnglish (UK)
    • fr_FRFrançais
    • it_ITItaliano
    • de_DEDeutsch
    • pt_PTPortuguês
  • 93 318 36 68
  • 93 301 8125
  • laboral@arteroadvocats.com
  • fiscal@arteroadvocats.com
  • Lunes a Jueves 8:30 a 19:00 - Viernes 8.30 a 14.00
ACCESO CLIENTES
  • Inicio
  • Nosotros
  • Servicios
    • Gestoría Pymes
    • Abogados
    • Subvenciones
    • Notaria
    • Financiación
    • Inversión Inmobiliaria
    • Seguros
  • Novedades
  • Contacto
  • es_ESEspañol
    • caCatalà
    • en_GBEnglish (UK)
    • fr_FRFrançais
    • it_ITItaliano
    • de_DEDeutsch
    • pt_PTPortuguês
Linkedin

  • Inicio
  • Nosotros
  • Servicios
    • Gestoría Pymes
    • Abogados
    • Subvenciones
    • Notaria
    • Financiación
    • Inversión Inmobiliaria
    • Seguros
  • Novedades
  • Contacto
  • es_ESEspañol
    • caCatalà
    • en_GBEnglish (UK)
    • fr_FRFrançais
    • it_ITItaliano
    • de_DEDeutsch
    • pt_PTPortuguês
Linkedin
Abogados

¿Qué es la Licencia por Maternidad?

By Artero Advocats 

La Licencia por Maternidad, es un periodo de descanso y permiso que obtienen las trabajadoras. En el momento del nacimiento de un hijo, adopción o tutela. 

En ese sentido, la Licencia por Maternidad, tiene un periodo de 16 semanas consecutivas en total. En la que 6 semanas son obligatorias y son disfrutadas después del nacimiento. 

Asimismo, las otras 10 semanas restantes se pueden disfrutar antes o después del nacimiento. En caso de un nacimiento múltiple, 2 semanas por cada hijo o hija después del segundo. A excepción de las 6 semanas obligatorias, si el niño o niña nace prematuro o es hospitalizado.

La madre puede tomar el permiso después de la hospitalización. A través, de la consolidación de un derecho a una reducción de la jornada laboral. Las madres pueden ampliar el permiso de maternidad de 2 a 4 semanas.

Sin embargo, si después de la Licencia por Maternidad, la madre necesita atención médica. A causa del nacimiento de su hijo/a y no puede trabajar, estará en una condición de incapacidad temporal.

Y, con derecho a prestaciones por enfermedad en el sistema de seguridad social. De igual manera, si el niño o niña nace prematuro, o tiene que ser hospitalizado luego del parto.

La madre o el padre, tendrán derecho de ausentarse del trabajo 1 hora, durante todos los días. También, tienen derecho a reducir su jornada de trabajo hasta dos horas al día. 

Con la disminución proporcional de sus retribuciones. Las madres trabajadoras tienen derecho a transferir hasta 10 de sus 16 semanas pagadas por maternidad al padre. 

Con la condición, de que tome las 6 semanas luego del parto cumpla con los requisitos contributivos.

Y, que la transferencia no ponga en riesgo su salud. Este permiso, puede ser transferido de forma total o parcial, por lo que ambos padres comparten de manera coincidente. 

Si desafortunadamente, la madre fallece, el padre puede tomar los derechos de licencia de maternidad. Con independencia de la situación del empleo anterior de la madre y de los derechos.

De la misma manera, la licencia por maternidad no se reduce en el caso de la muerte del hijo/a.

Salario De Licencia Por Maternidad

Todas las trabajadoras, tienen el derecho a prestaciones de Licencia por Maternidad. Las cuales, se rigen por la edad de las trabajadoras y la duración de su contribución. Al régimen general de seguridad social. Por lo tanto:

Si la trabajadora es menor a 21 años

En la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento familiar. Se requiere de un periodo mínimo de cotización.

Si la trabajadora tiene entre 21 y 26 años

Se necesita un periodo de 90 días cotizados. En los 7 años anteriores al momento en que se inició la licencia. O, alternativamente 180 días de cotización durante toda la vida laboral de la trabajadora, antes de la fecha.

Si la trabajadora tiene más de 26 años

Requiere de un periodo mínimo de cotización de 180 días. En los 7 años anteriores al momento de que el permiso se inicie. O, alternativamente 360 días de cotización en toda la vida laboral de la trabajadora al momento de la fecha.  

En el caso de las trabajadoras a tiempo parcial

Se calcularán en función del número de horas trabajadas más su equivalencia en días teóricos de contribución. Para tener derecho a cobrar las prestaciones de maternidad. 

Las empleadas tienen que haber hecho contribución a la seguridad social durante 180 días. En los 5 años anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento familiar.  

La prestación por maternidad, es de base a su cotización a un 100%. Un máximo de 4.070,10 euros al mes, en el año 2021. 

Si la trabajadora, cobra más de esa cantidad se le verá reducido su salario. Al menos que tenga un acuerdo con la empresa o la ampare un convenio colectivo. 

Para ampliar más información sobre el tema aquí, si te ha gustado este artículo visita nuestro blog.


¿Qué es la libertad sindical de los trabajadores?
Previous Article
¿Qué es la Seguridad Laboral?
Next Article

Servicio 360º a Empresas

“Artero Advocats i Gestors” es una Gestoría orientada a ayudar a nuestros clientes en todos los aspectos de la gestión empresarial.

Linkedin

Explorar

Inicio
Nosotros
Servicios
Novedades
Contacto

Servicios

Gestoría Pymes
Abogados
Subvenciones
Notaria
Financiación
Inversión Inmobiliaria
Seguros

Contacto

Teléfono:  93 318 3668

Fax:  93 301 8125

assessoria@arteroadvocats.com

Rambla de Catalunya 16 Principal , 1ª
08007 Barcelona

Copyright 2021 por Artero Advocats i Gestors. Todos los Derechos Reservados.
Próximamente